DISPOSITIVA
En base a las consideraciones y fundamentos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Unipersonal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley ABSUELVE a OVIDIO SALCEDO SÁNCHEZ, quien es venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 22.661.773, de 45 años de edad, natural de Cartagena Colombia, soltero, fecha de nacimiento 15-06-1964, hijo de Benjamín Salcedo y de Ana Felicia Sánchez, residenciado en el sector Lucha Bolivariana, calle 04, casa 0-17, carretera de suelo natural El Vigía Estado Mérida..; por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO.
De conformidad con el Artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal se ordena la libertad plena del mencionad.....