DECISION
Por las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de declaratoria de divorcio formulada por los ciudadanos: JOSE MARTINES MARQUEZ LIBREROS y MARIA EVELIA ALARCÓN ROA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad N° V- 23.210.430 y V.- 8.710.640 respectivamente, domiciliados en la Parroquia El Llano, Municipio Tovar del Estado Mérida y hábiles. En consecuencia, se declara el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los antes prenombrados ciudadanos, según matrimonio civil celebrado por ante la Prefectura Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Tovar del Estado Mérida, en fecha: 25 de agosto del año 1989, bajo el No. 18, la cual se encuentra en copia certificada agregada al folio tres (.....