ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a IMPUTADO PERSONAS DESCONOCIDAS VICTIMA EDGAR JOSE SEGOVIA SANCHEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 9.064545, residenciado en el sector El Tamarindo , El Vigía Estado Mérida, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 3 en concordancia con el articulo 48 numeral 8 ambos del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 108 ordinal 5º y 110 del Código Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión, a la victima, publíquese la respectiva boleta de notificación a las puertas del Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal. Notificadas las partes, remítase al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Certifíquese por Secretaría. Cúmplase. Dada, Sellada y Firmada en la sede del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, a .....