PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada María Carolina Sánchez Quintero, en su condición de Jueza Titular del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 04 de mayo de 2010, y que pertenece al asunto principal distinguido con el Nº LP21-L-2009-000230, en el juicio que tiene incoada la ciudadana GLORIA MERCEDES UZCATEGUI UZCATEGUI en contra Sociedad Civil CAJA DE AHORROS DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES (CAPROF ULA).
SEGUNDO: Por cuanto en el Circuito Judicial de Mérida existen dos Tribunales de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, se ordena remitir inmediatamente el presente expediente al Coordinador Judicial de la sede principal de la ciudad de Mérida, a los fines que la presente causa sea distribuida entre los mismos, ya que según el artículo 45 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, contra dicha decisión no s.....