DISPOSITIVA: Este Juzgado en cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Tercero de los Municipios libertador y Santos Marquina de la circunscripción judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el inmueble señalado en la comisión y otorgó dos días de plazo a la ocupante del inmueble para la desocupación del mismo. CONCLUSION: La referida comisión permanece en el juzgado y al cumplirse los dos días de plazo para la desocupación el juzgado se trasladará e realizar la entrega del inmueble.