D E C I S I O N
Por las consideraciones anteriormente hechas este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de conversión de la separación de hechos en DIVORCIO, por cuanto quedó demostrado en autos que los cónyuges WENDY MARIBEL RONDON SANCHEZ Y JORGE FÉLIX NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en esta ciudad de Mérida, titulares de las cédulas de Identidad Números V- 11.464.642 V-10.065.006, han permanecido separados de hecho por mas de cinco años, conforme lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia declara disuelto el vinculo matrimonial establecido entre ellos por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Domingo Peña Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha16 de abril de 1998, según acta N° 19.-
El Tribunal no dicta pro.....