Por las consideraciones anteriormente hechas este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR, la demanda de divorcio ordinario intentada por el ciudadano JOSÉ MARCIAL SÁNCHEZ AVENDAÑO, contra su cónyuge ciudadana MARÍA ELISA DEL CARMEN CASTILLO SULBARAN, antes identificados, por cuanto el actor no demostró ni probó la causal invocada del ordinal 3° del artículo 185 del Código Civil, relativa a los excesos, sevicia e injuria grave que hacen imposible la vida en común, y así se decide.
Por cuanto la presente sentencia definitiva se dicta fuera del lapso legal, el Tribunal de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, ordena notificar de ello a las partes mediante boletas, haciéndoles saber que una vez conste de autos las resultas de la última notificación ord.....