PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Inadmisibles las acciones de amparo constitucional, acumuladas en un mismo expediente y que fueron interpuestas por la ciudadana GRIMILDA ELIZABETH RAMOS ZAMBRANO, asistida por el abogado en ejercicio CLAUDIO ANTONIO BÁRCENAS VIELMA, por la presunta violación de sus derechos y garantías constitucionales descritos en los artículos 2, 26, 27, 49, 51 y 257 de la Constitución Nacional, en concordancia con los artículos 1, 4, 13 y 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en contra de la decisión dictada en fecha 28 de junio de 2.007, por el Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado .....