En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos RONALD ARMANDO GÓMEZ CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nº V-12.235.566, domiciliado en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, a través de su apoderado judicial abogado en ejercicio RICHARD DANILO YAÑEZ OLAIZOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.039.586, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 223.728, de este domicilio y jurídicamente hábil, según se desprende de documento poder autenticado ante la Notaría Pública Tercera del estado Bolivariano de .....