declara: PRIMERO: se decreta la REPOSICIÓN de la causa al estado de que el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se pronuncie sobre la oposición formulada por la Defensora Judicial del ciudadano niño OMITIR NOMBRE parte codemanda en la presente causa, fijando la oportunidad para el inicio de la Fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar, en consecuencia, se anulan las actuaciones contenidas del folio 118 inclusive y siguientes. SEGUNDO: Se acuerda remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, a los fines de que sea redistribuido al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial. Ofíciese lo conducente en su oportunidad. Háganse las anotaciones correspondientes en los libros respectivos