Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, extensión El Vigía, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor de NELSON RAMOS CELIS, es el de delito AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41° en concordancia con el articulo 15°, numeral 3° de la Ley Organica Sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 4º, del código orgánico procesa penal. Y ASÍ SE DECLARA.-
Dada, firmada y sellada en la Ciudad de El Vigía, a los diecisiete dias del mes de Septiembre de dos mil veinticuatro. Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación. Se acuerda notificar a las partes de la decisión Si no es posible la notificación personal, del imputado y la víctima por extensión procédase de conformidad con lo e.....