Por los razonamientos antes expuestos, ESTE TRIBUNAL MIXTO DE JUICIO N° 04 DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Por unanimidad se ABSUELVE a los ciudadanos ERASMO RANGEL UZCATEGUI, y MIGUEL ANGEL VEGA BARRIOS, de la comisión del delito de Robo Propio, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal venezolano vigente, en perjuicio del ciudadano WILLIAM FRANCISCO SILVA CORTÉZ. SEGUNDO: Se acuerda el cese de cualquier medida cautelar que le fuera impuesta en su oportunidad legal, por el Tribunal de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha, 03-04-07. Definitivamente firme la presente decisión, se acuerda remitir la presente causa, al Archivo Judicial a los fines de su guarda y custodia. Se fundamen.....