Ahora bien, acatando lo dispuesto en la sentencia y en los términos en ella establecidos, este Tribunal EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA LA EJECUCIÒN DE LA SENTENCIA ANTES REFERIDA, en los siguientes términos:----------------------------------------------------------------------------------------------
PRIMERO: En cuanto a la medida de SERVICIOS COMUNITARIOS el adolescente deberá cumplirla en los siguientes términos: El adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), deberá realizar un servicio de carácter gratuito a la comunidad por el lapso de seis (6) meses a razón de cuatro (4) horas semanales, para un total de noventa y seis ((96) horas la cual será supervisada por la Trabajadora Social adscrita a esta Sección Penal de Adolescentes. Así mismo se le aplica simultáneamente la sanción referida a las REGLAS DE CONDUCTA, obligándose el adolescente a continuar con sus estudios formales por el lapso de un (1) año y seis (6) meses por lo tanto deb.....