Este Tribunal Homologo el Convencimiento suscrito por ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Miranda del Estado Mérida, por los ciudadanos JAIRO JOSE BRICEÑO PARRA Y YENI COROMOTO VILLARREAL SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, el primero agricultor y la segunda y docente, titulares de las cédulas de identidad Nos V-16.655.201 y V-20.656.965, domiciliados el primero San Rafael de Mucuchies Municipio Rafael Rangel al lado de la placita Raúl Leoni del Estado Mérida y la segunda en Chachopo calle campo alegre casa s/n parroquia Andrés Eloy Blanco Municipio Miranda del Estado Mérida y civilmente hábiles, quienes conciliaron en reglamentar la FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN Y BONOS a favor de su hija (Identidad omitida de conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) de tres (03), meses de edad,