Este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente embargado preventivamente el vehículo anteriormente descrito, Decreta la desposesión jurídica del mismo y lo pone en posesión del Depositario Provisional nombrado, a quien se le hace saber las normas que debe cumplir contempladas en la Ley sobre Depósito Judicial.