EL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la demanda formulada y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos SIRIA ELIZABETH BORREGALES DE BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 7.520.494, domiciliada en la Urbanización Hacienda zumba, Calle 4B, casa 281, Municipio Campo Elías el estado Mérida, y civilmente hábil, y LUÍS ENRIQUE BARRIOS ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.020.132, domiciliado en el Puente la Pedregosa, casa Nº 26-13, Municipio Libertador del estado Mérida y civilmente hábil, asistidos por la abogada en ejercicio YAJAIRA COROMOTO ANGARITA ALONZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de.....