EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY; se califica como flagrante la aprehensión del adolescente identidad omitida .--------------------------
La ciudadana Fiscal del Ministerio Público, precalificó los hechos imputados como constitutivos del delito de ROBO IMPROPIO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en la primera parte del artículo 458, en armonía con el segundo aparte del artículo 80, ambos del Código Penal y quien aquí decide está de acuerdo con el nomen juris del hecho punible imputado.-------------------------------------------------------
Artículo 458.- En la misma pena del artículo anterior incurrirá el individuo que en el acto de apoderarse de la cosa mueble de otro, o inmediatamente después, haya hecho uso de las violencias o amenazas antedichas, contra la persona robada o contra la presente en el lugar del delito, sea para cometer el hecho, sea para llevarse el objeto sustraído, sea, en fin, para procurarse la impunidad o procu.....