En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda cambiar la presentación de fiadores que había sido acordada y en su lugar se le acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, consistente en la presentación de Caución Juratoria, para lo cual se acuerda el traslado del mencionado imputado JOSÉ ALEXIS PARRA, a este Tribunal el día miércoles 19 del presente mes y año, a las ocho y treinta de la mañana, a los fines de que suscriba el Acta comprometiéndose a cumplir con las condiciones antes mencionadas. De igual forma y en aras de garantizar el principio de unidad del proceso se acuerda acumular las actuaciones contenidas en el cuaderno separado signado bajo el N° LJ01-X-2007-000139 a las de la causa principal. Así se decide, cúmplase.
Se acuerda librar Boleta de Traslado y Boleta de notificación a las pa.....