Fórmese actuaciones, désele entrada y el curso de ley correspondiente. En consecuencia para la admisión de la misma este tribunal exhorta a la parte solicitante a consignar las partidas de nacimiento o copias fotostáticas de las cédulas de identidad de los hijos en común, otorgándose un lapso perentorio de TRES (3) DÍAS DE DESPACHO, siguientes al de hoy, si no cumple con lo solicitando en el lapso establecido se desestimara la presente causa.-