El Tribunal dictó sentencia interlocutoria declarando: Primero: DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGRICOLA, solicitada por el ciudadano OMAR ANTONIO ARAQUE PLAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.012.158, domiciliado en la Mesa de los Indios, sector Bocono, predio "Hacienda Bocono", Parroquia La Mesa, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, representado por la abogada MARIELA COROMOTO SANCHEZ PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.797.888, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 248.730, en su condición de Defensora Publica Provisoria Tercera (3°) en materia Agraria del estado Bolivariano de Mérida, previo requerimiento, sobre el área efectiva de producción consistente en los rubros maíz y caraota y el ganado bovino constante de veinte (20) vacas lecheras, veinte (20) novillas, diez (10) becerras y un (01) toro padrote, existentes en los lotes de terre.....