REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, dieciocho (18) de marzo del año dos mil nueve (2.009).-
198° y 150°
Vista la demanda que antecede y los recaudos que la acompañan presentada por los ciudadanos BARTOLO VALERO ZERPA, venezolano, mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad N° V- 5.199.325, y MARIA CATALINA ROSA REINOZA DE VALERO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cedula de Identidad N° V- 5.202.006, domiciliados en Mérida Estado Mérida y civilmente hábiles, debidamente asistidos por el ciudadano Abogado en Ejercicio HUGO JOSE CERRADA AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.009.388, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.918, con domicilio procesal en el Edificio Edipla, piso 1, oficina 1-4, entre Avenida 3 y 4 Boulevard norte frente a la Plaza Bolív.....