DECISION
De acuerdo con las anteriores consideraciones, éste Juzgado Segundo de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA, que por REIVINDICACION DE INMUEBLE intentaron las ciudadanas XIOMARA MARQUEZ VERGARA, YANETH MILAGROS MARQUEZ VERGARA, LUBIS MARGARITA MARQUEZ VERGARA y MAYIRA MARQUEZ VERGARA, venezolanas, mayores de edad, solteras, titulares de las Cédulas de Identidad Números. V-10.896.870, V- 8.711.468, V- 8.088.087 y V-10.905.984, respectivamente, domiciliadas en el Municipio Tovar del Estado Mérida y hábiles, fungiendo como apoderada judicial la abogada MAYIRA MARQUEZ VERGARA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 75.222 en contra del ciudadano ALIYABOR SANCHEZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula.....