este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCION DE LA CAUSA Y POR ENDE LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA, interpuesta por la ciudadana LUZ MARINA CORREA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.139.242 de este domicilio, en su condición de Administradora del CONDOMINIO DEL MERCADO PRINCIPAL DE MÉRIDA, contra los ciudadanos NEPTALÍ RIVAS MOLINA, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº 4.485.850 y la empresa ANIMALS AND PLANTS COMPAÑÍA ANÓNIMA, inscrita en el Registro Mercantil Primero de esta circunscripción judicial de fecha 15 de marzo del año 2004, bajo el N° 70, Tomo A-5, por REIVINDICACIÓN.
SEGUNDO: En consecuencia, este Tribunal dará por terminado el juicio y ordenará el archivo del expediente, una vez quede firme la presente decisión.
Notifíquese a las partes actora y demandada de conformidad con.....