"...este Juzgado de los municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INEXISTENTE el libelo de demanda en referencia presentado en fecha 14 de marzo de 2014 (fs. 01-02), que encabeza las presentes actuaciones. Así se decide..."