JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, dieciocho de abril del dos mil siete.-----------------------------------------------------------------
196º y 148º
Vista la demanda de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, intentada por la ciudadana AURA ELENA ANGEL M., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.917.780, de este domicilio y hábil, a través de su endosatario en procuración abogado MARCO ANTONIO DAVILA AVENDAÑO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 25.626, en contra de la ciudadana LILIAN PULIDO RIVERA, venezolana, mayor de edad, contador público, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.324.687, de este domicilio y hábil, en su carácter de Librado Aceptante y Deudora, fundamentada en e Art. 640 del Código de Procedimiento Civil vigente, el Tribunal a los fines de pronunciarse sobre la admisión o no de la presente demanda, observa: De la letra de cambio evidencia es.....