Visto el desistimiento suscrito por la parte Demandante, ciudadano Abogado en Ejercicio JESÚS ANÍBAL ANGULO CONTRERAS plenamente identificado en autos y que corre inserto al folio veintidós (22) del Cuaderno de Intimación de Honorarios Profesionales librado en el Expediente signado bajo el Nº 2.334, este Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con el articulo 265 del Código de Procedimiento Civil, acuerda la HOMOLOGACIÓN del mismo, se da por terminado el procedimiento en este juicio y se ordena el Archivo definitivo del presente Cuaderno de Intimación de Honorarios Profesionales.- DEMANDANTE: ABG. JESÚS ANIBAL ANGULO CONTRERAS.- DEMANDADO: RONALDO JOSÉ ORTEANU MOLERO.- MOTIVO: INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES