Se ejecutó la sentencia condenatoria por admisión de los hechos, dictada por el Tribunal de Juicio N° 04 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se condenó al ciudadano WILLIAM DAZA DAZA, a cumplir una pena de un (01) año y diez (10) meses de prisión, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO. En virtud de la pena impuesta, se acordó la tramitación de la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA.