Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero:de conformidad con lo establecido en el artículo 44 numeral 1 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 529 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, éste ultimo aplicado supletoriamente, ante la imposibilidad inmediata y cierta de imputar al adolescente alguno de los delitos previstos en la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, conforme lo solicitado, SE DECRETA LA LIBERTAD PLENA del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA).Segundo: De igual manera, conforme lo solicitado por la Fiscalía Décima Octava del .....