Por los argumentos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo 318 numeral 3 Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano, JOSE OLIVO GUTIERREZ MORA, venezolano, de 52 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.001.990, residenciado en Caño Seco, vía panamericana, frente a la Iglesia Católica, casa s/n, El Vigía, Estado Mérida, por la presunta comisión delito de HOMICIDIO CULPOSO, que está tipificado y sancionado en el artículo 409 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano ISIDRO RODRIGUEZ, venezolano, de 54 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V - 4.490.595, residenciado en la urbanización Buenos Aires, en la parada de Boca Grande, casa 4-200,.....