PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN formulado por la profesional del derecho Urbina Dugarte, en su condición de apoderada judicial de la parte actora; y, PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACIÓN ejercida por la abogada Yalitza Marín, con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 11 de marzo de 2011, en el asunto principal signado con el N° LP21-L-2010-000237.
SEGUNDO: Se modifican los dispositivos "Segundo" y "Quinto" del fallo recurrido, en cuanto al monto condenado, por las diferencias que en derecho le corresponden al demandante, como se calculó en la parte motiva del presente fallo, ratificándose los demás dispositivos.
TERCERO: En lo que corresponde a esta Segunda Instancia, no se condena en costas por la naturaleza del presente fallo.