El Tribunal dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva declarando: PRIMERO: Consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente causa, seguido por el ciudadano MORENO PAREDES RICHAR JAVIER, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 10.000.436, domiciliado en la población de Santo Domingo, Municipio Cardenal Quintero del estado Bolivariano de Mérida, por DERECHO DE PERMANENCIA.
SEGUNDO: Según lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no se hace especial pronunciamiento sobre costas en virtud de la naturaleza de este pronunciamiento.
TERCERO: Se ordena la notificación de la parte actora ciudadano MORENO PAREDES RICHAR JAVIER, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 10.000.436, domiciliado en la población de Santo Domingo, Municipio Cardenal Quintero del estado Bolivariano de Mérida, o a su apoderado judicial ALDEMAR ENRIQUE GONZÁLEZ CAMACHO, titular de la cédula .....