Este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se constituyó desde la 10:15 a.m. en la dirección indicada al comienzo de la presente acta, y en cumplimiento de la Comisión conferida, a solicitud de la parte actora, secuestro el inmueble (local comercial), y a solicitud de la parte actora y de conformidad con el artículo 599 ordinal 7º del Código de Procedimiento Civil, lo deposito en la persona de su propietaria; y cumplida la presente comisión acuerda devolverla al comitente para la homologación respectiva, y conforme a auto que dictado lo remitió al comitente constante de ( 15 ) folios útiles, junto con Oficio Nº ( 131-2012), quedando registrada en los libros respectivos.