L A D I S P O S I T I V A
En fuerza a las razones que anteceden y en mérito al valor jurídico de los mismos, este Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: CON LUGAR la CONFESIÓN FICTA, en que incurrió el demandado ALEJANDRO DANIEL VIELMA, por no haber realizado la contestación al fondo de la demanda en el lapso legal correspondiente ni promover prueba alguna que desvirtuara la pretensión del demandante.
Segundo: CON LUGAR la demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento y Cobro de Bolívares, interpuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO RODRIGUEZ PEÑA, asistido por los Abogados Santiago Alexander Morales y Marbella del Carmen Torres Valero, contra el ciudadano ALEJANDRO DANIEL VIELMA.
Tercero: Se le ordena al ciudadano Alejandro Daniel Vielma, a pagar los cánones de arrendamiento.....