en consecuencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, este Juzgado Ejecutor de Medidas le hace entrega del inmueble objeto del litigio al abogado Hugo Lino Rivas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.449.456, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.954, el cual actúo con el carácter acreditado en autos, no habiendo más actuaciones que practicar este Juzgado acuerda regresar a su sede natural,