PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de PRESUNCIÓN DE MUERTE POR AUSENCIA del ciudadano JOSÉ ORESTES TORRES, intentada por los ciudadanos INOCENCIO MARÍA TORRES, MARÍA DE LA CRUZ TORRES DE DÁVILA y MARÍA IRENE TORRES TORRES, a través de su apoderada judicial, abogada en ejercicio AIDA COROMOTO QUINTERO DE PARRA.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, SE DECLARA PRESUNTAMENTE MUERTO al ciudadano JOSÉ ORESTES TORRES, quien nació el día 27 de octubre de 1934, en el Municipio El Llano, actualmente Municipio Libertador, estado Mérida, quien en vida fuera hijo de la ciudadana MARÍA INÉS TORRES.
TERCERO: SE DECLARA LA POSESIÓN DEFINITIVA del bien inmueb.....