DISPOSITIVA
Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, Audiencia y Medidas Nº 02 con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara como flagrante la aprehensión del ciudadano: GETULIO ALBERTO PEÑA CABARCAS, natural de Mérida, Estado Mérida, nacido en fecha 02-03-1982, de 34 años de edad, estado civil Soltero, titular de la cédula V-17.142.902, oficio u profesión entrenador de fútbol, domiciliado en Residencias Centenario, edificio 01, planta baja, apartamento Nº 17, parroquia Fernández Peña del Estado Bolivariano de Mérida, teléfono celular: 0412-1201030. SEGUNDO: Precalifica el delito como VIOLENCIA FISICA CON LA AGRAVANTE DE HABERSE PERPETRADO EN UNA ADOLESCENTE previsto y sancionado en el artículo 42 encabezamiento de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mu.....