Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Tovar, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de Alzada decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, la acción interpuesta por el ciudadano Gilberto Rivas Collazo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 652130, domiciliado en el Municipio Sucre, Estado Mérida y hábil, por cobro de bolívares contra los ciudadanos Melquíades Henrique Guillén Pulido y Tibisay Coromoto Labrador de Guillén, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.445.176 y 9.473.027, domiciliados en Chiguará, Municipio Sucre del Estado Mérida y hábiles,
SEGUNDO: ORDENA a los demandados pagar al demandante la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLÍVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (1.558.040 Bs.....