Decisión
Por todo lo expuesto, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del estado Mérida, en funciones de Ejecución No 01, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Ejecuta la pena impuesta al penado GERMAN JOSUE REINOZA PEÑA, contentiva de: CUATRO (4) AÑOS y NUEVE (9) MESES DE PRISIÓN, como autor responsable de los delitos de Homicidio Culposo Agravado en perjuicio del niño víctima de autos (identidad omitida), y Lesiones Culposas Graves en perjuicio de la ciudadana Dayana Ortiz Ruiz, contemplados en los artículos 409 del Código Penal, en armonía con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes; artículo 420 y 88 del Código Penal, respectivamente, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente, como lo son la inhabilitación política durante el tiempo de la condena.
SEGUNDO: Establece que el penado GERMAN JOSUE REINOZA PEÑA,.....