PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por ENFERMEDAD OCUPACIONAL, interpuesta por la ciudadana JOSEFINA MAGALIS MALDONADO MARQUINA, en contra de la ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES (APULA). Ambas partes identificadas en actas procesales.
SEGUNDO: Se condena a la ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES (APULA), a pagar la ciudadana JOSEFINA MAGALIS MALDONADO MARQUINA, la cantidad de CIENTO VEINTITRES MIL CIENTO DOS BOLÍVARES CON SESENTA CENTIMOS, (BS. 123.102,60), por los conceptos indicados en la motiva del presente fallo.
TERCERO: Se ordena la indexación de la indemnización por responsabilidad subjetiva, desde la fecha de notificación de la demandada hasta que la sentencia quede definitivamente firme, excluyendo de dicho cálculo los lapsos sobre los cuales la causa se haya paralizado por acuerdo entre las partes, por hechos fortuitos o de fuerza mayor, la cual será calculada mediante experticia complementaria del fallo.
CUARTO: Con respecto .....