Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN de la instancia de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, siguen los ciudadanos JUAN BAUTISTA PAREDES MÁRQUEZ y PEDRO ENRIQUE SANTIAGO PACHECO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 11.469.799 y 8.006.605 respectivamente, domiciliado el primero en la ciudad Mérida, Municipio Libertador y el segundo en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y civilmente hábil, contra la Sociedad Mercantil TRANSPORTE NEPAL C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en fech.....