DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: QUE ES INCOMPETENTE para seguir conociendo del presente juicio de de la demanda de Divorcio Ordinario interpuesto por el ciudadano JOSÉ ADALGI DÁVILA, antes identificado, asistido por el abogado RAMÓN ENRIQUE BALZA OVALLES, antes identificado, en contra de la ciudadana SILVIA MARÍA GONZÁLEZ DE DÁVILA
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, este Juzgado DECLARA COMPETENTE, para conocer de la presente acción al Juzgado Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección que del Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, y DECLINA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el lit.....