Se declaró INADMISIBLE la apelación interpuesta el 6 de agosto de 2014, por el ciudadano TULIO JOSÉ RUÍZ OVALLES, parte demandada en la presente, debidamente asistido por la profesional del derecho JASMIN AURORA DÍAZ GUTIÉRREZ, contra la sentencia dictada en fecha 5 del citado mes y año, proferida por el Juzgado de la causa. En virtud de la decisión anterior, este Tribunal declaró que en este fallo NO HABÍA LUGAR a pronunciamiento alguno respecto de la cuestión incidental objeto del recurso de apelación interpuesto.