En virtud de todas las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en Tovar, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO presentada por la Abogada BELQUIS CARRILLO RODRIGUEZ, en nombre y representación del ciudadano EDGAR ALI GUTIERREZ SALAZAR, plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se ordena a la Oficina de Registro Civil del Municipio Tovar Parroquia Tovar y el Amparo del Estado Bolivariano de Mérida y al Registrador Principal del Estado Bolivariano de Mérida, INSERTAR la presente sentencia en los libros de Registros respectivos y hacer la debida nota marginal en el acta de nacimiento N° 431, Folio, 185, de fecha dieciocho (18) de julio del 1.963, a fin de que sea corregido en la misma el error cometido. Así .....