En virtud de todas las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en Tovar, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA 
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO presentada por  la Abogada BELQUIS CARRILLO  RODRIGUEZ, en nombre y representación  del ciudadano EDGAR ALI GUTIERREZ SALAZAR,  plenamente identificados en autos.
 
SEGUNDO: Se ordena a la Oficina de  Registro Civil del Municipio Tovar Parroquia Tovar y el Amparo del Estado Bolivariano de Mérida y al Registrador Principal del Estado Bolivariano de Mérida, INSERTAR la presente sentencia en los libros de Registros respectivos y hacer la debida nota marginal en el acta de nacimiento N° 431, Folio, 185, de fecha dieciocho (18) de julio del 1.963, a fin de que sea corregido en la misma el error cometido. Así .....