PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos ADRIANA ISABEL CONTRERAS SOSA y GOLFREDO ANDRÉS MORETT GUERRERO, venezolanos mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-19.996.142 y V-19.046.017, en su orden, domiciliados, la primera, en urbanización las Tapias, casa Nº 141, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, el segundo, Residencias Campo Neblina II, la Hechicera, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, operadora móvil: 0414-7199404 y 0412-9295857, correo electrónico: adrianita24750@gmail.com y golfredomorett@gmail.com, y civilmente hábiles; a favor de su hija, La niña ALANA ISABEL MORETT CONTRERAS, de cuatro (04) años de edad. F.N:24/03/2020, pasaporte venezolano Nº 186682872; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.