al respecto quien examina observa que la misma está dirigida a dejar constancia acerca de las característicascterísticas y condiciones de dos vehículo distintos que por consiguiente poseen documentación separada lo cual hace que cada uno tenga para sí y para su propietario y tercero particular y determinado valor jurídico individualizándolos, lo que implica que cada uno debe sustanciarse separadamente del otro a fin de cada actuación surta el efecto correspondiente, máxime cuando en el caso de marras, ambos vehículos se encuentran en lugares diferentes, lo que conllevaría a tener que realizar dos actuaciones distintas en un acta o dos actas separadas en un solo expediente y ello resulta improcedente. En consecuencia, la presente solicitud debe declararse INADMISIBLE como en efecto se declara.
JUEZA TEMPORAL
AB. ADA JESSICA OQUENDO BRICEÑO
SECRETARIA TEMPORAL
AB. LOURDES C. HERNANDEZ