este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su homologación al convenimiento realizado por las partes mediante diligencia de fecha 16 de enero de 2017, que obra inserta al folio 73 y su vuelto del expediente, en la cual de común acuerdo deciden poner fin al proceso. En consecuencia, se le imparte el carácter de sentencia pasada, en autoridad de cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 ejusdem. Asimismo, la parte actora por intermedio de su Apoderada Judicial abogada DUNIA CHIRINOS LAGUNA, aceptó el convenimiento en los términos expresados; y en relación al pedimento realizado por las partes en su diligencia, este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, una vez conste en autos que la parte demandada haya hecho entrega del inmueble objeto del litigio a la parte demandante y no exista otra diligencia que practicarse, se dará por terminado el presente proceso y p.....