DECISIÓN
En atención a las consideraciones precedentemente señaladas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su competencia para conocer y decidir el Recurso de Nulidad interpuesto por los abogados Adriana Olimar Altuve Mora y Jhor Ángel Fajardo Medina, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-14.963.587 y V-14.529.518, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 110.567 y 103.174, respectivamente, en condición de apoderados judiciales de la ciudadana Amelia Elizabeth Contreras Ceballos, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-9.278.563 , contra Providencia Administrativa Nº 00664-2014, de fecha 30 de octubre de 2014, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Bolivariano de Mérida, c.....