mediante el cual se oponen al informe de partición presentado en fecha 24 de febrero de 2014, aduciendo que "...como se puede apreciar en el folio 88 del plano de partición, la línea divisoria del inmueble pasa por una vivienda que tiene más de sesenta (60) años de construida y fue valorada por un precio exagerado y además al tratar de aplicarle el desmembramiento se ocasionaría su fractura total (no posee columnas en ninguno de sus extremos ni en la fundación )... tomando en consideración que el sesenta por ciento (60%) es del padre demandante, cuando lo hacen incluyen dos (02) locales y un (01) taller comercial, ver folios 91 y 93; que tienen diez (10) años de construido y producen tres (03) canon de arrendamiento y que el partidor desestimo (sic) el valor comercial dándole un precio pírrico en la evaluación de las adjudicaciones establecida en el folio 86 ..."