Este Tribunal acuerda la emisión de un EDICTO de conformidad con el artículo 692 del Código de Procedimiento Civil Vigente, en el que se emplaza a todas aquellas personas que se crean con derechos, sobre el inmueble identificado en el libelo de la demanda, propiedad de la ciudadana BALBINA DÁVILA ALTUVE, los cuales deberán comparecer por ante el despacho de este Juzgado dentro de los quince días de despacho siguientes a la última publicación, consignación y fijación del edicto correspondiente, a las puertas de este Tribunal, a cualquiera de las horas de despacho, señaladas en la tablilla del Tribunal, el cual deberá ser publicado en dos (02) Diarios de amplia circulación de la localidad por lo menos durante sesenta (60), días dos veces por semana, a escoger entre el Diario Frontera, El Cambio de Siglo y Pico Bolívar de esta ciudad de Mérida, a los fines de que se hagan parte en el presente proceso, de conformidad con el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil Vigente. Así mismo .....