PRIMERO: Se declara procedente el derecho al cobro de honorarios (sujeto a retasa) por parte del intimante abogado Ángel Atilio Contreras Miranda contra el ciudadano Eduardo Enrique Cuenca Tobila.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente procedimiento
Esta decisión se publica dentro del lapso fijado en auto de fecha 06 de junio de 2006 y en consecuencia las partes están a derecho, por lo tanto, no procede su notificación.
Publíquese, regístrese y déjese para su archivo copia fotostática certificada de la presente decisión de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en consonancia con el artículo 112 eiusdem, debiéndose insertar al pie de la misma, el contenido del presente decreto. Así se decide.